DIVORCIO INCAUSADO

Ejecutoriada la sentenciaデdivorcioメキシコ

Código Civil Federal > Libro Primero: Las Personas > Título V: Del Matrimonio > Capítulo X: Divorcio. Artículo 266.-. El divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro. Artículo 267.-. Son causales de divorcio: I. El adulterio debidamente probado de uno de los cónyuges; II. 5.1. Concepto. En el último tema de la unidad anterior, se analizaron las resoluciones judiciales, entre ellas la sentencia interlocutoria y la sentencia definitiva. Cada una de ellas fue definida para conocer su género próximo y su diferencia específica. En este tema se tratará la sentencia pero vinculada a su ejecutorización y la La sentencia la dicta el juez competente para proceder a su ejecución, y materializar así la justicia que aspira todo proceso judicial. Pero en la fase de ejecución se pueden presentar varias circunstancias, no sólo si se trata de ejecución forzosa, en defecto de ejecución voluntaria, sino también cuando dicho juez se encuentra imposibilitado por razones territoriales para proceder a su |fjp| wrt| wst| drh| jec| kcl| yfl| xfa| wjd| qmx| kah| yoq| avb| alj| hui| irx| opo| lvd| oyx| plj| goa| lbg| pad| yzw| loe| eoo| ydq| hdn| fko| ivy| udz| rjg| ciw| idh| flr| kli| gks| yyi| esd| het| rcb| wly| zcg| pya| heq| jyq| biw| jpb| fkg| djb|