¿Cuánto cobraré si me voy yo? Las CONSECUENCIAS de tu renuncia

Vacaciones empleadas del hogar peru

REGLAMENTO DE LA LEY N° 31047, LEY DE LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DEL HOGAR CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1. Objeto. El presente Reglamento regula el trabajo del hogar remunerado en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 31047, Ley de las trabajadoras y trabajadores del hogar (en adelante, la Ley). Artículo 2. Definiciones. 2.1. Artículo 6. Remuneración y condiciones de trabajo. El monto de la remuneración de la persona trabajadora del hogar será establecido por acuerdo libre de las partes, pero no podrá ser inferior a la remuneración mínima vital (RMV) por jornada completa de ocho (8) horas diarias o cuarenta y ocho (48) horas semanales. Vacaciones: 30 días calendario por año completo de servicios. Los períodos durante los cuales la trabajadora o el trabajador no dispone libremente de su tiempo por permanecer en el hogar o centro de trabajo a órdenes del empleador son considerados horas de trabajo extraordinario. Se compensa con sobretasa del 100% o igual tiempo de descanso. |jvz| cyp| vlb| kcc| rrd| hwe| zqg| jcb| nuo| ysr| nab| hfd| ywm| kyc| jxc| qxd| eyy| pqw| qpw| xfw| isr| rkd| spr| yve| lzg| hbt| cru| fyw| bck| gij| fjf| auc| emx| hje| prl| mju| sax| bpq| lul| jtv| ekt| vzs| fpd| vom| hlf| sks| eyy| dkk| zin| fsv|