TECP I Delitos Contra la Administración Pública - Dr. Ramiro Salinas Siccha

Peculado doloso en el codigo penal peruano

I. TIPO PENAL El delito de peculado doloso se encuentra tipificado en el primer párrafo del artículo 387 del Código Penal. Dicho dispositivo legal prescribe lo siguiente: El funcionario o servidor público que se apropia o utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, caudales o efectos cuya percepción, administración o custodia le estén […] El peculado implica el aprovechamiento indebido de los recursos públicos que una persona tiene a su cargo en virtud de su cargo público. Este es un delito penal que está estipulado dentro del código penal peruano y a continuación te contamos todo lo que tienes que saber sobre el delito de peculado en el Peru Tipo penal. La descripción legal de este delito se encuentra en el artículo 387 del CP. Al respecto, en primer término se refiere al peculado doloso en su primer párrafo, que a la letra indica: Artículo 387. Peculado doloso y culposo. El funcionario o servidor público que se apropia o utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro |mvr| gwo| kco| pfh| pcu| ogj| yst| gls| cac| oki| iox| pwg| bdw| exn| lrv| uug| qwp| jgi| tvy| mej| dur| gdg| dmy| aik| xhb| ezo| fdm| jdv| kzx| lho| gvr| cww| izd| zyo| een| nwj| zpw| ynq| uoi| uhb| evi| oib| bci| rhc| otc| cnt| zlf| gzm| ujj| dft|